La norma propone un cambio de paradigma a la hora de abordar y enjuiciar los delitos cometidos contra la libertad e indemnidad sexual de las mujeres. Por un lado, pone el consentimiento en el centro. Es decir, los delitos no serán medidos por la resistencia de las víctimas a una agresión, sino por la existencia de un consentimiento expreso para el acto sexual.
Por otro lado, la ley elimina la figura del abuso sexual y sólo deja un único delito de agresión sexual. Este hecho, afirman diversas expertas ha modificado la horquilla de penas.
Pero además esta norma introduce nuevos delitos que antes no estaban en el Código Penal e incorpora otras violencias hacia las mujeres para cumplir con el Convenio de Estambul.
La norma, además es pionera al incorporar medidas de reparación hacia las víctimas y una amplia serie de temas referidos a la educación en igualdad, resolución pacífica de conflictos, etc.
Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la violencia de género critica las informaciones que hablan de bajada de penas indiscriminadas y afirma que «el que hayamos reducido los mínimos para determinados casos, no significa que se hayan bajado las penas, porque los máximos no se han disminuido. Pero además no puedes aplicar un Código con los tiempos de prescripción de otro ni puedes aplicar un Código sin sus propias agravantes», afirmó en una entrevista a la cadena Ser.
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